Buenos Aires, 15 de junio (Télam). La Corte Suprema de la
Nación revocó la medida cautelar dictada por la justicia federal
de Mendoza, que suspendía la vigencia de la Ley de Servicios de
Comunicación Audiovisual.
La decisión que dejó sin efecto la resolución provisoria
dictada a pedido del diputado nacional Enrique Thomas fue
"unánime" y la suscribieron los siete jueces del máximo tribunal.
La Corte concluyó que un diputado "no tiene legitimación para
reeditar en sede judicial un debate que perdió en el Congreso".
Fuentes vinculadas a la causa señalaron que la decisión de la
Corte constituye "un mensaje para los que gobiernan con medidas
cautelares".
La Corte consideró que "una cautelar que suspende la vigencia
de la totalidad de una ley con efectos generales para toda la
población es incompatible con la división de poderes y la
razonabilidad".
El máximo tribunal aclaró que el fallo "no se relaciona con la
valoración constitucional del contenido de la ley 26.522, sino con
la validez de una medida cautelar que suspende la totalidad de sus
efectos, con fundamento en presuntas irregularidades en el trámite
parlamentario".
Thomas había solicitado la medida como "ciudadano" y como
legislador, pero la Corte sostuvo que carecía de legitimidad en
ambos casos.
La Corte Suprema señaló que una ley invocando la calidad de
ciudadano "debe demostrarse un perjuicio diferenciado", y
destacaron que Thomas no probó tener un interés concreto "ya que
el Poder Judicial no hace el control de la legalidad de las leyes
de manera abstracta".
Con relación a la condición de Thomas para pedir la medida
provisoria como "diputado", la Corte evaluó que "es en el Congreso
donde se debe dar el debate", ya que "están en discusión los
derechos, inmunidades y prerrogativas que el asisten en su
condición de legislador".
Si se hiciera lugar a lo que pide Thomas "quien no actúa en
representación de la Cámara (de Diputados), se arribaría al
irrazonable resultado de extender una medida judicial a sujetos
que solo no la han solicitado, sino que, incluso, podrían no
compartirla". (Télam)
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